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Para hacer tu declaración anual, entra al portal del SAT con tu RFC y Contraseña o e.firma, selecciona el ejercicio que vas a declarar, revisa tus ingresos, retenciones y deducciones, y envía la declaración. Al terminar, guarda el acuse y revisa si tienes saldo a favor o impuesto por pagar.
Antes de comenzar, confirma si estás obligado a presentarla y reúne tus comprobantes. Esta guía está dirigida a personas físicas en México: los apartados y obligaciones pueden cambiar según tu régimen fiscal y los ingresos que hayas recibido.
La obligación depende de tu régimen, tus ingresos y las condiciones del ejercicio. El SAT contempla, entre otros, estos casos, aunque existen excepciones y facilidades que debes revisar:
Cambiar de empleo no es lo mismo que trabajar para varios patrones simultáneamente. El SAT también contempla supuestos como dejar de recibir salarios antes del 31 de diciembre; verifica tu situación en su apartado de quiénes deben presentarla.
Para el ejercicio 2025, el SAT señala que las personas físicas en RESICO pueden quedar relevadas de presentar la anual conforme a la regla aplicable. Si tienes otros ingresos o dudas sobre tu régimen, confirma cómo te corresponde declarar.
Si no estás obligado, en ciertos casos puedes presentarla voluntariamente, por ejemplo, para aplicar deducciones personales y solicitar una devolución cuando corresponda. Eso no garantiza que obtengas saldo a favor.

La regla general es presentarla en abril del año siguiente al que corresponden los ingresos. El ejercicio fiscal es el año que declaras, no el año en que haces el trámite.
Por ejemplo, la declaración del ejercicio 2025 correspondió a los ingresos de enero a diciembre de 2025 y se presentó durante abril de 2026. Para otro ejercicio, consulta el calendario y las facilidades publicados por el SAT.
Si el plazo ya pasó, revisa cómo regularizar tu situación. La fecha para cumplir con la declaración y el periodo para acceder a una facilidad de devolución automática no son necesariamente lo mismo.
Necesitas acceso al SAT, información de tus ingresos y retenciones, y los comprobantes que respalden lo que declararás. Ten a la mano:
Revisa también tu Buzón Tributario y, si te corresponde tenerlo habilitado, confirma que el correo y teléfono registrados estén actualizados. No esperes al último día para resolver problemas de acceso.
Puedes presentarla por tu cuenta en el portal del SAT. Si tienes varios regímenes, ingresos del extranjero, operaciones poco habituales o diferencias que no entiendes, un contador puede ayudarte a revisar tu caso.
El cálculo anual que realiza el empleador en los casos previstos no equivale a que presente tu declaración personal por ti. Confirma tus obligaciones aunque recibas nómina y te retengan ISR.
Contratar a un contador tampoco elimina la necesidad de revisar la información. Solicita el acuse de envío y, si hubo impuesto por pagar, conserva también el comprobante del pago.

Ingresa al aplicativo oficial, elige el ejercicio, verifica la información y envía solo cuando todo esté correcto. Este recorrido es general; utiliza las guías de llenado del SAT para los apartados de tu régimen.
Accede al portal del SAT y busca la declaración anual de personas físicas. Inicia sesión con tu RFC y el medio de autenticación que corresponda. Evita ingresar tus datos en enlaces recibidos por mensajes desconocidos.
Elige el año de los ingresos que vas a declarar. Si es la primera presentación de ese ejercicio, normalmente corresponde una declaración normal. Si necesitas corregir una ya enviada, revisa qué tipo de complementaria aplica.
Compara la información precargada con tus comprobantes. Según tu actividad, revisa salarios, honorarios, rentas, intereses y otros ingresos, así como las retenciones y pagos que correspondan.
Los visores del SAT permiten consultar nómina, deducciones personales y retenciones. Si encuentras diferencias, identifica su origen: algunos datos requieren corregir un CFDI o una declaración previa, en lugar de editarlos directamente en la anual.
Revisa las facturas precargadas y comprueba que los gastos sean deducibles para tu situación. Si falta una factura, consulta el procedimiento para incorporarla y conserva su respaldo. Tener una factura no significa que cualquier gasto sea deducible.
Atiende las preguntas y campos del formulario según tus operaciones. Si recibiste préstamos, donativos o premios, verifica si debes informarlos. No confundas un dato informativo con un ingreso que necesariamente paga ISR.
Comprueba la determinación del impuesto. El resultado puede ser saldo a favor, impuesto a cargo o cero. Si solicitas devolución, verifica la cuenta bancaria y las condiciones aplicables antes de confirmar.
Revisa la información por última vez, realiza la autenticación que solicite el sistema y envía. Descarga el acuse de recibo y conserva una copia de la declaración. Guardar un borrador no equivale a presentarla.
Si resultó impuesto a cargo, revisa la línea de captura y su vigencia, efectúa el pago y conserva el comprobante. Si solicitaste devolución, consulta su estado y atiende los requerimientos que correspondan.

Puedes aplicar los gastos que cumplan los requisitos de las deducciones personales o estímulos correspondientes a tu situación. El SAT contempla conceptos como:
Revisa el RFC, el concepto de la factura, el ejercicio y el medio de pago exigido para cada gasto. Por ejemplo, los medicamentos comprados en farmacia no se deducen como gasto médico personal, aunque cuentes con factura; los incluidos en una factura de hospitalización tienen un tratamiento distinto.
Hay límites generales y excepciones por concepto. Además, las deducciones personales no se aplican de la misma manera a todos los regímenes. Consulta el minisitio de deducciones personales antes de incorporar gastos.
Deducir reduce la base del impuesto cuando procede; no significa que el SAT te devuelva el total de lo que gastaste.
Puedes identificarlo en la determinación del impuesto al preparar tu declaración. Hay saldo a favor cuando, después del cálculo aplicable, los pagos y retenciones acreditables superan el impuesto que corresponde.
Si quieres recibirlo en tu cuenta, selecciona devolución cuando proceda y revisa tus datos bancarios. La devolución automática está sujeta a condiciones y validaciones: solicitarla no garantiza que se autorice el importe completo.
Para revisar una solicitud:
La compensación es una opción distinta de la devolución y tiene sus propios requisitos. Elegirla no significa que el SAT vaya a depositarte automáticamente el saldo si no tienes adeudos.
Debes informarlo si se cumple el supuesto del artículo 90 de la Ley del ISR: las personas físicas residentes en México deben reportar los préstamos, donativos y premios obtenidos en el ejercicio cuando, individualmente o en conjunto, excedan $600,000.
Informar un préstamo no significa que el capital recibido sea un salario o una ganancia por invertir. Los préstamos personales generan una obligación de devolución; conserva los documentos que acrediten su origen.
Si contrataste un préstamo en línea, guarda el contrato, los comprobantes de transferencia y los estados de cuenta. Revisa también otros préstamos, donativos o premios que hayas recibido, porque el umbral considera su conjunto.
Donativos y premios tienen reglas fiscales propias: no asumas que todos están exentos por aparecer en el apartado informativo. Si tienes dudas sobre qué reportar, consulta tu situación con el SAT o un contador.
Reúne tus comprobantes de ingresos y retenciones del ejercicio que vas a declarar. Recibir un préstamo e invertir en préstamos son situaciones distintas: en la segunda puedes obtener intereses con obligaciones fiscales propias.
Para consultar tus constancias, ingresa a la versión web de yotepresto y sigue la ruta Ajustes > Información fiscal > Comprobantes fiscales. Verifica primero que tus datos fiscales sean correctos.
Consulta la guía de impuestos y constancias de retención de nuestro centro de ayuda. No supongas que una retención sustituye por sí sola todas tus obligaciones; su tratamiento depende del ejercicio y de tu situación.
Si estabas obligado y no la presentaste, revisa cómo cumplir fuera de plazo y si tienes impuesto pendiente. Puede haber multas y, cuando corresponda, actualización y recargos; las consecuencias dependen del caso y de si existe un requerimiento.
Una omisión no implica automáticamente que se haya cometido defraudación fiscal. El Código Fiscal de la Federación distingue las infracciones de los delitos, que requieren supuestos específicos.
Si ya recibiste una notificación o no sabes cómo corregir el ejercicio, busca orientación del SAT o de un profesional antes de enviar información.
Reúne tus documentos, revisa lo precargado y guarda el acuse y los comprobantes de pago o devolución. Tener un expediente por ejercicio te ayudará a resolver diferencias y preparar la siguiente declaración.
Si inviertes con nosotros, conoce cómo funcionan las retenciones y tus obligaciones fiscales en yotepresto. Así podrás identificar qué comprobantes necesitas y distinguir las retenciones de tu declaración anual.

Reúne tus comprobantes, entra al aplicativo del SAT, selecciona el ejercicio y revisa los ingresos, retenciones y deducciones antes de enviar. Guarda el acuse. Si hay diferencias o ingresos que no sabes clasificar, consulta la guía de tu régimen o pide orientación.
Se presenta en el aplicativo de declaración anual de personas físicas del SAT, con tu RFC y Contraseña o e.firma según corresponda. Primero confirma si estás obligado y qué ingresos debes incluir; el formulario varía según tu régimen.
Como regla general, en abril del año siguiente al ejercicio declarado. La del ejercicio 2025 correspondió a abril de 2026. Consulta el calendario oficial y las facilidades del ejercicio aplicable.
Revisa el resultado en la determinación de tu declaración. Si ya solicitaste devolución, consulta su estado en el servicio correspondiente del SAT. El saldo que declaras puede estar sujeto a revisión y no equivale a una devolución ya autorizada.

Periodista por la Universidad de Guadalajara (UdeG, 2014) y Content Strategist & Producer en yotepresto.com. Cuenta con experiencia previa como reportera en medios como Grupo Reforma y El Informador, cubriendo fuentes de economía y negocios. Se especializa en educación financiera, enfocándose en temas como ahorro, inversión, gestión de deudas, inclusión financiera y finanzas con perspectiva de género. Ha sido vocera de la fintech en medios como El Economista y El Universal. Este contenido es informativo y no sustituye la asesoría financiera profesional.
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